Impulsada por una fuerte corriente de opinión pública, se está desarrollando exitosamente la campaña de recolección de firmas en pro de la enmienda constitucional por la seguridad. Obviamente, es de primera importancia que la campaña se ajuste al marco constitucional vigente.
Yendo al grano: los militares y policías en actividad no deben firmar, porque el numeral 4º del artículo 77 de la Constitución les prohíbe ejecutar cualquier acto público o privado de carácter político, salvo el voto. En la misma situación se encuentran otros ciudadanos, por estar alcanzados por la misma norma: “los magistrados judiciales, los miembros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y del Tribunal de Cuentas y los Directores de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados...”.
Cuando en el año 1987 se inició la campaña pro referéndum contra la Ley de Caducidad (“firme para que el pueblo decida” era la consigna en aquella época, en la que la izquierda sostenía que la mayoría sí podía y debía decir la última palabra en materia de derechos humanos), rápidamente se planteó la cuestión de si los militares y policías en actividad podían firmar. El Dr. Miguel Ángel Semino, distinguido constitucionalista y por entonces Secretario de la Presidencia de la República, sostuvo la opinión negativa en varias notas publicadas en el diario “El Día”.
Exhibiendo sus profundos conocimientos en la materia, el Dr. Semino comentaba los antecedentes del citado artículo 77, armonizaba lo dispuesto por este con otras normas constitucionales y llegaba sin esfuerzo a la conclusión de que las personas alcanzadas por dicha norma no podían firmar, sino solamente –y en su caso- votar.
Aunque a la luz del texto constitucional de referencia, la posición del Dr. Semino parezca hoy incontrovertible, lo cierto es que en aquellos años fue controvertida; tanto, que a la nota inicial en “El Día” debieron seguir tres o cuatro más, de refutación de objeciones (las notas del Dr. Semino pueden leerse hoy, con provecho, en su libro “Práctica Constitucional”). Uno de los contradictores del Dr. Semino era el Dr. Alberto Pérez Pérez, también él distinguido constitucionalista y hombre de izquierda, miembro entonces de la Comisión Pro Referéndum. El Dr. Pérez Pérez, que hoy integra la Corte Interamericana de Derecho Humanos – la que acaba de condenar a Uruguay por el caso Gelman- hizo declaraciones al semanario Búsqueda sosteniendo que los militares sí podían firmar contra la Ley de Caducidad, “para que el pueblo decida”.
Muchos años pasaron, pero la norma constitucional sigue siendo la misma. Sigo pensando que el Dr. Semino tenía razón cuando la interpretó como lo hizo. Y no sé por qué, pero sospecho que muchos de los que hace más de veinte años coincidían con el Dr. Pérez Pérez, han cambiado de opinión y hoy coinciden con el Dr. Semino.
Por lo tanto: no se debe solicitar (ni aceptar) la firma de militares o policías en actividad en pro de la enmienda por la seguridad. Se debe respetar la Constitución siempre, ya sea que convenga o no hacerlo.
(*) Abogado. Senador de la República. Líder de Batllismo Abierto.
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