En pleno período artiguista, allá por 1815, el Cabildo de Montevideo se propuso publicar un diario que llamó “El Periódico Oriental”.
Le solicitó al Pbro. Dámaso Antonio Larrañaga que fuera el “censor” o “revisor previo” del material de lectura a ser incluido en el mismo.
El Pbro. Larrañaga se opuso. La limitación de la libertad de opinión y de imprenta iba contra sus más profundas convicciones.
“Los pueblos de las Provincias Unidas se encuentran en el nuevo pie de no tener revisores”, fueron sus contundentes palabras.
Los sentimientos sobre la libertad de imprenta y del don de la palabra impedían, para el cura Larrañaga, la existencia de censores. Para él cada ciudadano debía tener libertad de imprimir sus sentimientos bajo la responsabilidad correspondiente.
Fructuoso Rivera, heredero de los principios artiguistas, llevó esto a extremos nunca vistos. En 1832 Juan Manuel de Rosas le exige que impida que en la prensa montevideana se le critique. Don Frutos le contesta que si la prensa podía criticarlo a él, Presidente de la República, también podía opinar sobre Rosas.
El aseguramiento de este derecho de crítica y opinión fue profundizado en la segunda Presidencia de Rivera.
En 1838 Don Frutos dicta un decreto que establece que “la absoluta libertad de opinar y publicar opiniones debe ser un derecho tan sagrado como la libertad y la seguridad de las personas. Pero este derecho inestimable vendría ser ilusorio si los que han de ejercerlo conservan el menor recelo de que la autoridad pueda reprimirlo…”
Para asegurar esto el entonces Presidente decreta entre otras cosas que “3) Los ataques de cualquier género que se dirijan por la imprenta, sea contra mi persona, las de mis secretarios, o contra los actos administrativos, no quedan sujetos a responsabilidad alguna, y para asegurar esta declaración, yo y mis secretarios, renunciamos, mientras yo esté en el mando, a la protección de la ley actual, y todo otro medio de vindicación” (decreto No. 11 del 17 de Noviembre de 1838).
Es decir que, para asegurar la libertad de expresión, el Presidente Rivera fue aún más allá: renunció a reclamo posterior alguno por falsedades o difamaciones que se le hicieran.
A principios del siglo pasado José Batlle y Ordoñez expresaba que “las más terribles desgracias de la Humanidad se debieron siempre al despotismo individual. La felicidad pública sólo florece y se perpetúa donde cada ciudadano es un ser consciente y libre, elemento efectivo de la soberanía y factor, por tanto, del destino de su nación."
Esto fue recogido en el artículo 29 de nuestra Constitución que expresa que ““es enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura”.
Por lo que afirmaba el Pbro. Larrañaga, por lo que sostenían Rivera y Batlle y Ordoñez, lo que dice la Constitución y nuestras más profundas convicciones de libertad es que nos cuesta entender algunas cosas que sucedieron esta semana.
Como las palabras del Presidente Mujica y la Intendenta de Montevideo, Olivera, lanzados contra la oposición y los medios de prensa que informan.
Los dos, con ira, parecen extrañar la propuesta del Cabildo de 1815.
Me recordaron las estrofas del grupo español “Jarcha” que, en coincidencia con los principios artiguistas de 1815 y el artículo 29 de nuestra Constitución, cantaba:
“Libertad, libertad, sin ira libertad, guárdate tu miedo y tu ira, porque hay libertad…”
O ¿es qué piensan, desde el gobierno, que no la hay?
(*) Abogado. Senador de la República. Líder de Vamos Uruguay
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