El senador colorado Pedro Bordaberry presentó un proyecto de ley sobre neutralidad de la red para que el tráfico en Internet no pueda estar controlado por empresas ni por el Estado y así prevenir que haya contenidos o usuarios de “primera o segunda clase”.
En estos años varias empresas en todo el mundo han intentado que los servicios de internet de algunos países pasen a “discriminar” a los usuarios, según quién paga más o a qué páginas entra. En Estados Unidos, Motorola y Cisco propusieron que las tarifas de internet tengan categorías como “platino”, “oro”, “plata” y “bronce”. También hay casos de empresas en España que venden paquetes ADSL que funcionan “más rápido” con algunas páginas y más lento con otras, que el usuario no puede elegir.
Una de las maneras de evitar esta y otras cosas es teniendo una ley de neutralidad de la red que no lo permita. En Chile, a partir de la aprobación de la ley se hicieron públicos ciertas medidas de restricción que tenían algunas compañías de ADSL, como venderle el mismo mega a 13 clientes (es decir que, de conectarse todos al mismo tiempo, los usuarios no tendrían un mega velocidad de bajada, sino 1/13 megas), o disminuir la velocidad en algunas páginas específicas, como Megaupload.
Este miércoles, el senador colorado Pedro Bordaberry presentó un proyecto de ley para la neutralidad de la red en Uruguay. En este también colaboraron algunos integrantes del Partido Pirata Uruguay en formación, ya que el senador publicó en su Facebook el borrador del proyecto y lo dejó abierto a sugerencias.
Bordaberry dijo que “Uruguay está adoleciendo de algunos instrumentos que hoy tienen algunos países para prevenir cosas que no están sucediendo, pero que pueden suceder, por ejemplo, que se afecte la neutralidad de la red y la accesibilidad universal”.
El proyecto le atribuye a la URSEC (Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones) la regulación administrativa y el control de la accesibilidad universal.
Por el artículo 1º del proyecto se reconoce "el derecho a la información por medio de redes informáticas como una manifestación del principio de Libertad de Comunicación consagrado en el artículo 29 de la Constitución de la Republica." Luego, "se establece la prohibición de restricciones con las excepciones de la preservación de la privacidad y protección de los usuarios y el fomento a la seguridad en la red."
Según el proyecto de ley, el principio de neutralidad de la red no es otra cosa que la aplicación del artículo 29 de la Constitución, que establece que es “enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura; quedando responsable el autor y, en su caso el impresor o emisor, con arreglo a la Ley por los abusos que cometieren”.
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