Por Dr. Ope Pasquet (*)
En Paysandú, la Justicia dispuso días atrás el procesamiento y prisión de los padres de una menor de 14 años, detenida por la Policía después de haber hurtado dinero de un almacén. Pese a su corta edad, la chica ya registra varias anotaciones policiales y ha estado internada en el INAU; actualmente está embarazada. La jueza que entiende en el asunto imputó a los padres de la menor el delito de “omisión de los deberes inherentes a la patria potestad” y dispuso que se les privase de su libertad.
Sin entrar a considerar el fondo del asunto, pues no conozco de él más que la escueta información de prensa, quiero decir que me parece francamente positivo y elogiable el solo hecho de que, ante la comisión de una nueva infracción a la ley penal por una adolescente, la Justicia se haya planteado la cuestión de la responsabilidad penal que pudiera corresponderle a sus padres. No se trata, obviamente, de que la sola calidad de “padres” los haga partícipes de los hechos de su hija (no se los procesó por hurto), sino de que los hechos de su hija hacen presumir que omitieron el cumplimiento de sus deberes de padres, lo que justifica la iniciación del proceso en el que se investigará si realmente incurrieron o no en tal omisión.
Traer hijos al mundo implica asumir una gran responsabilidad, que puede llegar a tener –como en el caso que comento- naturaleza penal. Es posible que el o los padres de un adolescente infractor hayan hecho esfuerzos serios y sostenidos para evitar que su hijo entre en conflicto con la ley, sin lograrlo; si así sucedió, ninguna omisión podrá reprochárseles. Pero en caso contrario, es de estricta justicia que se les sancione de acuerdo con la ley. Lo menos que se debe hacer, ante el hecho de que hay menores que reiteradamente cometen infracciones a las normas penales, es investigar qué hicieron sus padres para corregirlos.
Se dirá que, a menudo, los padres omisos son marginados que carecen ellos mismos de la educación necesaria para educar, a su vez, a sus hijos. El argumento podrá hacerse valer como atenuante, pero de ninguna manera como una especie de causa de justificación extralegal, que le quite al delito su carácter de tal.
Así como la pobreza o la ignorancia no son, por sí solas, causas suficientes para quitarle a ningún padre la patria potestad sobre sus hijos, no son tampoco títulos que dispensen a nadie del cumplimiento de deberes elementales, impuestos por la naturaleza y por los sentimientos antes que por norma jurídica alguna.
En la república todos somos iguales ante la ley, no solamente para ejercer nuestros derechos, sino también para cumplir nuestros deberes y obligaciones.
En buena hora la Justicia, desde Paysandú, se hace oír para recordárnoslo.
(*) Abogado. Senador de la República.
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