El SEMANARIO RECONQUISTA es el órgano de prensa de la Agrupación Reconquista del Partido Colorado, fundado por Honorio Barrios Tassano y Carlos Flores. Director Prof. Gustavo Toledo.

martes, 9 de agosto de 2011

Sobre la libertad de prensa, otro ataque a los principios republicanos

Por Dra. Cecilia Vega (*)

Días atrás, un juez decretaba tres años de prisión a los directivos del Diario El Universo de Ecuador por publicar una columna que el presidente Correa consideró ofensiva, quienes además deberán pagar US$ 40 millones al mandatario. Alembert Vera, abogado de Correa, dijo que "existe en Ecuador... verdadera libertad de expresión... no existe el derecho al insulto". O sea, considerando la susceptibilidad de estos soberbios, habrá "libertad de expresión" mientras se diga lo que quieren escuchar.
 
Pero no solo Correa, Chávez o Kirchner odian la libre expresión.

Más sutilmente, está amenazada también en países "desarrollados". Por ejemplo, entre los partidos británicos aumenta la intención de "liquidar la influencia" del magnate Rupert Murdoch. El líder laborista Ed Miliband denunció al Primer Ministro por contratar al que, durante el escándalo de las escuchas telefónicas, fue editor del News of the World ahora cerrado a pesar de ser el segundo en Gran Bretaña con 2,6 millones de copias cada domingo. Luego, consiguió que Murdoch retirara su oferta por el 61% restante de BSkyB, la televisión satelital británica. Y consiguió la renuncia de Rebekah Brooks, CEO de News International y mano derecha del magnate.

Pero lo que amerita este artículo y lo que nos preocupa, no son obviamente estas noticias extranjeras, sino el hecho preocupante que estos embates contra la libertad de expresión estén llegando a nuestro querido país.- Y el hecho que la amenaza parta del propio Presidente de la República, quien pretende “digitar la publicidad oficial”, nos asusta aún más.

A esta altura de los acontecimientos es necesario recordar que sólo hay libertad de expresión y de opinión cuando hay medios de comunicación libres; que el respeto a la libertad de expresión es el respeto a la libertad del hombre.

Si la expresión es un derecho, como todo derecho, debe ser permitido, apoyado y viabilizado. No existe libertad de expresión si se trata de imponer un imperialismo cultural, un colonialismo mental o un dominio oral.

La palabra, es el elemento vital de la expresión y de la información, es el instrumento utilizado por el periodista y el invento más grande del hombre. Ningún invento, ni el más sofisticado del mundo, se parece a éste. Es verdaderamente fantástico, como el hombre combina pensamiento, lenguaje y palabra, y como se efectúa esa vinculación o comunicación del pensamiento, lenguaje y palabra.

Las palabras son más fuertes que las balas, por eso le tienen miedo los poderosos. Los dictadores y sus cómplices utilizaron sus balas para matar las palabras y degollar las ideas. Ellos apagan la palabra con la bala, detienen la palabra con prisión, y la palabra es nuestra, por eso debemos expresarla bien.

La evolución semántica de la palabra, vale decir la expresión o la información, está unida a los medios de Comunicación, a los canales de comunicación: orales, escritos, o mediante imágenes y sonidos. Todos poseen una fuerza expresiva. La palabra es la morada del ser. Es la apertura del ente a su ser.

Los poderosos temen a la libertad de expresión y, por ende, a la palabra y a la inteligencia, pero no entienden que a quien deben temer es a su propia estreches.-
Pero haciendo referencia expresa a la utilización de la publicidad oficial y no yendo tan lejos, en la Argentina, el Máximo Tribunal se ha expedido acerca de la importancia que reviste la utilización de la publicidad oficial como una forma de censura indirecta, para silenciar las opiniones contrarias a las políticas de los gobiernos en ejercicio.

En una sentencia ejemplificadora, reafirmó la doctrina que el Estado no podía distribuir en forma discrecional la propaganda oficial sin que ello importara un cercenamiento a la libertad de informar de los medios de comunicación.

El derecho a la libertad de expresión es un complemento imprescindible de la libertad de pensamiento, a tal punto que una no podría existir sin la otra. Desde siempre, constituyó una premisa jurídica y axiológica del Estado constitucional y democrático la necesidad de internalizar la inescindible vinculación existente entre las libertades de expresión e información y el sistema democrático; en el conocimiento de que cualquier forma de restricción ilegítima realizada al libre debate de ideas y opiniones no sólo lesiona tales libertades, sino que obstaculiza el pleno desarrollo del proceso democrático.

En una República auténtica, los actos del gobierno deben ser públicos, ya sea aquellos que resultan del ejercicio de la función gubernamental asignada por la Constitución Nacional al órgano respectivo, o se trate de las actuaciones internas de carácter administrativo. Para lograr su publicidad, es necesario garantizar el acceso al conocimiento de éstos a toda persona cuando afecta sus legítimos intereses individuales o colectivos, o de los grupos sociales; cuestión que se ve incrementada cuando se trata de periodistas, puesto que su rol profesional reside en obtener información para hacerla pública mediante su difusión a través de los medios técnicos de comunicación social masiva.

Por consiguiente, en una sociedad democrática, la ciudadanía tiene derecho a conocer las actividades oficiales, las políticas de gobierno y los servicios que presta el Estado, lo que encuentra adecuado fundamento en el principio republicano de publicidad de los actos gubernamentales. En este orden de ideas, la publicidad en los medios de comunicación funciona como un mecanismo que coadyuva a dar visibilidad y transparencia a las acciones del gobierno y a las instituciones.

La publicidad oficial debe ser una herramienta orientada a ampliar el derecho a saber de las personas. La información es la base del conocimiento, dado que funciona como un elemento esencial de la educación. Solamente un sujeto informado y formado estará en condiciones de ejercer el escrutinio público sobre cómo el Estado invierte en los diferentes rubros del presupuesto general.

Se requieren, entonces, reglas jurídicas de contenido y mecanismos de asignación para que la propaganda estatal cumpla su cometido democrático.

En el caso de la publicidad oficial, para que no se configure una situación de censura indirecta, el Estado puede utilizar distintos criterios de distribución de propaganda con la sola condición de que ello no implique una discrecionalidad de carácter discriminatorio. Si el Estado quiere retirar publicidad de algún medio, puede hacerlo, pero pesa sobre éste la obligación de probar la imposibilidad de continuar en un medio sí y en otros no. Requisito que resulta razonable dado que en varios casos la pauta publicitaria oficial es indispensable para la subsistencia económica de algunos órganos de prensa, sobre todo, de los más pequeños. Lo que no puede justificarse en modo alguno es que la misma se adjudique siguiendo la lógica "amigo-enemigo" o la aplicación de "premios y castigos".

En suma, el principal criterio rector en la materia será la mayor eficacia en la llegada del mensaje al público al que está dirigido y no un modo de premiar el amiguismo y la obsecuencia o de castigar la crítica periodística.

Dada la importancia de la libertad de expresión en una sociedad democrática y la elevada responsabilidad que ello entraña para quienes ejercen profesionalmente labores de comunicación social, el Estado no sólo tiene que minimizar las restricciones a la circulación de la información, sino también equilibrar, en la mayor medida posible, la participación de las distintas informaciones en el debate público, impulsando el pluralismo informativo.

En consecuencia, la equidad debe regir el flujo informativo. En estos términos, puede explicarse la protección de los derechos humanos de quien enfrenta el poder de los medios y el intento por asegurar condiciones estructurales que permitan la expresión equitativa de las ideas.

Este escenario, lamentablemente, se visualiza en la mayoría de las democracias latinoamericanas, permanentes laboratorios de políticas que alternan modelos neoliberales y populistas, que hoy dejan en evidencia ante los ojos del mundo un ataque sistemático de estos gobiernos "mayoritarios" a los medios de comunicación disidentes; un manejo arbitrario de las pautas oficiales de publicidad, que premian a los "amigos" y castigan a los "enemigos", y una manifiesta impotencia del Poder Judicial para hacer valer los principios del Estado constitucional, porque tampoco escapa al largo brazo del "gran hermano" que lo influencia, lo atemoriza y lo corrompe políticamente.

De ahí la importancia que implica la sanción de una norma que contribuya a disminuir la discrecionalidad estatal, para reducir el favoritismo político. Es de vital relevancia que los criterios de asignación de la publicidad oficial no estén relacionados con las opiniones que emitan los medios de comunicación, relativas a los gobiernos de turno. Es decir que no debe ser utilizada la atribución de propaganda oficial como una vía para ejercer presión sobre los medios de comunicación.

Será trascendental, asimismo, que se garantice la descentralización y el pluralismo informático, evitando que se concentre la totalidad de la pauta oficial en un solo medio. Para cumplir con esta premisa, se torna necesario asignar la publicidad oficial a diversos medios de comunicación para favorecer la pluralidad de voces, y no sólo a aquellos medios que publiquen notas afines al gobierno -cualquiera sea éste, nacional o provincial, de cualquier extracción política-; sólo así pueden ser oídas las voces de las minorías. Ésta es la única forma de alcanzar un debate libre y amplio, indispensable en toda sociedad democrática. Para evitar la concentración de poder mediático, sin duda, es inevitable un marco legal con reglas claras y equilibradas.-
 
La transparencia de la res pública se erige como un corolario indispensable en cualquier sistema democrático. Ello, porque la idea de la transparencia administrativa, caracterizada por una evidente carga axiológica, contribuye innegablemente a ofrecer a la Administración la legitimidad que hoy está en permanente cuestionamiento. Mediante la visibilidad, cognositividad y accesibilidad y, por lo tanto, posibilidad de control de los actos de la Administración Pública, viene a reforzarse este concepto de legitimidad democrática.-

La transparencia de la información constituye una necesidad y no puede haber una decisión consciente y responsable sin que exista un conocimiento previo lo más certero posible de los asuntos públicos, así como de la actuación de los detentadores del poder. No es posible decidir sobre lo que no se conoce.

La relación directa entre los sistemas democráticos y la libertad expresiva, en especial con el derecho a la crítica de los actos u omisiones de los funcionarios públicos, se ha constituido en un axioma incontrovertible de la doctrina y la jurisprudencia nacional, extranjera e internacional. Dicho de otra manera, se postula que las democracias modernas respetan y favorecen la crítica y las opiniones diversas, y que, a su vez, la libertad expresiva favorece el desarrollo de una mejor y más plena democracia.

En las sociedades modernas, la prensa, para poder cumplir con sus responsabilidades democráticas requiere un cierto grado de autonomía respecto del Estado. En primer lugar, de índole económica, ya que no debería ser solventada por la Administración nacional, y, en segundo lugar, requiere independencia jurídica.

La garantía de la libertad de prensa no se limita a la libre difusión de las ideas sin censura previa, sino que también alcanza a la prohibición de imponer discriminaciones en la distribución de publicidad oficial entre diversos medios de prensa, tal como resulta de los arts. 1, 2, 3, 6, 7 y 10, Declaración Hemisférica sobre Libertad de Expresión -Declaración de Chapultepec.

La finalidad de este artículo es advertir sobre la importancia de la libertad de expresión en un Estado constitucional y del alcance de su protección. Se trata de un mensaje claro y concreto a las administraciones que utilizan los fondos públicos con fines políticos. El propósito es que la publicidad oficial cumpla con el objetivo primordial descripto y no se instituya en un mecanismo económico para castigar la prensa crítica y favorecer a la obsecuente.

(*) Abogada. Escribana. Dirigente de la Agrupación Reconquista – Vamos Maldonado

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